• Francisco José García Molina, consejero de Cuatrecasas Abogados, fue el encargado de dar a conocer y analizar los contenidos de la nueva normativa laboral.

El clúster onTech Innovation ha organizado, a través de la Comisión de Talento y Desarrollo Organizacional, una jornada online sobre la nueva Reforma Laboral, que ha tenido una destacada respuesta por parte de empresas, entidades y corporaciones de distintas zonas de España. El secretario general del clúster, Antonio Alcántara, ha dado a la bienvenida a los participantes y el presidente de la citada comisión de onTech, Isidro Ramírez, ha llevado a cabo la introducción de la jornada en el contexto de los cambios que se esperan en el ámbito de la legislación laboral.

Para abordar los diversos aspectos de las nuevas normas laborales se ha contado con Francisco José García Molina, consejero de Cuatrecasas Abogados, que ha llevado a cabo un análisis de la Reforma Laboral en tres bloques: contrato laboral; flexibilidad interna: ERTE, Mecanismo RED y negociación colectiva; así como la jubilación forzosa, nuevos derechos de información de la RLT, y control de la ITSS.

Asimismo, García Molina expuso en su intervención una amplia comparativa entre lo que cambia y lo que se mantiene tras el Real Decreto Ley 32/2021. En cuanto a las modificaciones señaló los cambios de articulado en contratación laboral en general; la contratación del sector de la construcción; subcontratación: convenio colectivo; como se ven afectadas la contratación y subcontratación; prioridad aplicativa al convenio colectivo de empresa a efectos salariales; ultraactividad; reducción de jornada por cuidado de menor afectado por cáncer o enfermedad grave y jubilación forzosa, entre otros.

En cuanto a los aspectos legales más destacados que se mantienen tras esta Reforma Laboral, enumeró la calificación del despido (no se ha aprobado la nulidad de la extensión de contratos temporales legales); el coste del despido (la indemnización en caso de improcedencia); salarios de tramitación sólo si se opta por la readmisión y en caso de nulidad; interlocutores para la adopción de medidas colectivas, como MSCT o despidos colectivos (no se ha aprobado la comisión sindical en ausencia de RLT); así como la libertad de medias de flexibilidad externas versus interna.

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